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jueves, 20 de julio de 2017
CÓMO PUEDES QUEDARTE LEGAL EN ESPAÑA? LA PRÓRROGA DE ESTANCIA.
CÓMO PUEDES QUEDARTE LEGAL EN ESPAÑA? LA PRÓRROGA DE ESTANCIA. Muchos de vosotros nos preguntáis , para vosotros y vuestros familiares, cuando habéis venido a España de visita (con entrada legal por aeropuerto, carta de invitación o cualquier otro modo de entrada en España), si podéis quedaros en España una vez transcurren los TRES MESES DE ESTANCIA LEGAL que tenéis inicialmente. Pues la RESPUESTA ES QUE SÍ, y tenéis DOS MODOS fundamentales para hacerlo, legalmente: (1) Primero, si tenéis derecho a solicitar algún PERMISO DE RESIDENCIA: por residente comunitario (si tienes familiares españoles o europeos); o si tienes un hijo menor español; por Ley de emprendedor, y otros modos. (2) Y, sobre todo, si no estás en una de estas situaciones, puedes solicitar una PRÓRROGA DE ESTANCIA, para poder permanecer varios meses más en España, y donde debes justificar el motivo de querer quedarte: motivo personal, familiar, profesional, por estudios…. Si nos la conceden , podrás quedarte unos meses más y, si no, se puede recurrir, y podrás igualmente quedarte mientras todo se tramite. Os animamos a cumplir la Ley y quedaros en España legalmente, que es posible, y podemos ayudaros. Os podemos ayudar con todo el procedimiento. Un saludo, y a vuestra disposición de nuevo (www.abogadoextranjeriazaragoza.es , www.abogadoextranjeríabarcelona.com , cciriano@reicaz.com ). César